“Toda forma de detención o prisión y todas las medidas que afectan

a los derechos humanos de las personas sometidas a cualquier forma de

detención o prisión deberán ser ordenadas por un juez u otra autoridad,

o quedar sujetas a la fiscalización efectiva de un juez u otra autoridad”.

Principio 4. Conjunto de Principios de las Naciones Unidas para la protección

de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.

 

BOLETIN DE PRENSA

 

Caso “Simón Trinidad”:

NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS PRIMAN SOBRE ACUERDOS
BILATERALES  O MULTILATERALES DE SEGURIDAD

 

Quito / Nueva York, enero 6 del 2004.- La deportación de “Simón Trinidad”, líder insurgente colombiano, luego de su detención tras culminar un operativo conjunto de las fuerzas de seguridad ecuatorianas y colombianas, este  pasado viernes en la capital ecuatoriana, habría violado varias normas internacionales de derechos humanos que gozan de mayor jerarquía que los acuerdos bilaterales o multilaterales de seguridad invocados por las mas altas autoridades gubernamentales, declaró en la ciudad de Nueva York, Pablo de la Vega, coordinador del Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S. J.”.

 

Ni la tesis de las presuntas infracciones a las leyes nacionales de migración ni la evidente cooperación entre las fuerzas de seguridad ecuatorianas y colombianas, reconocida públicamente por una funcionaria de la embajada estadounidense, justifican el comportamiento del Gobierno Nacional de impedir a “Simón Trinidad” el ejercicio de su derecho al debido proceso, argumento De la Vega.

 

Si en efecto hubo una acción penal de deportación, demandamos se haga pública el acta del desenvolvimiento de la audiencia establecida por la Ley de Migración vigente, así como las declaraciones y los alegatos que supuestamente habría presentado “Simón Trinidad” con la asistencia de su defensor de oficio, en la mencionada audiencia; y si el líder insurgente colombiano habría cometido un delito en territorio ecuatoriano, tipificado además por la legislación interna, exhortamos a la Ministra Fiscal General a divulgar públicamente la posición del Ministerio Público sobre este caso, continuó.

 

De la Vega también aseveró que resulta altamente preocupante para la vigencia del Estado de Derecho que se traslade a nuestro escenario nacional el discurso y las prácticas de las fuerzas de seguridad colombianas que califican a los insurgentes colombianos como “terroristas”, desvirtuando los compromisos y las obligaciones emanadas del Derecho Internacional Humanitario (DIH), que los Estados y los grupos armados de oposición están llamados a respetar.

 

Colombia vive desde hace varias décadas un conflicto social, político y armado, y todos los esfuerzos para contribuir a una negociación política de ese conflicto, sin duda, promueven la paz de la región; no obstante, decisiones como la de apresar y deportar a “Simon Trinidad” atentan contra esa posibilidad, concluyó.


 

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