Conozca Sus Derechos

Que hacer si usted esta parado por la policía,
la oficina de investigación federal (FBI),
 el servicio de emigración (INS),
o el servicio de aduana (Customs).

Escrito por la Unión de Libertad Civil Americana (ACLU)
Traducido por Alfred P. Reaud

¡Bienvenidos!  Esta pagina salio de un folleto escrito por la ACLU en Diciembre de 2001.  Si ay errores, son de el autor de esta pagina solamente.  Como yo no soy abogado, yo no doy consejo legal.  ¡Si usted tiene problemas legal encuéntrese un abogado inmediatamente!


Contenido:

  1. Introducción
     

  2. Parte I.  ¿Que Son Los Derechos Constitucional Que Yo Tengo?
     

  3. El derecho de quedarse callado.
     

  4. El derecho de no estar obligado a "captura o búsqueda irrazonable".
     

  5. El derecho a peticionar para cambios.
     

  6. Parte II.  ¿Que Ago Si La FBI O La Policía Me Contacta?
     

  7. ¿Que ago si agentes me vienen a interrogar?
     

  8. ¿Puedo hablar con un abogado?
     

  9. ¿Estoy obligado a búsqueda de me casa, apartamento, o mi oficina por agentes?
     

  10. Agentes me arrestaron en mi casa.  ¿Pueden ellos registrar mi casa?
     

  11. ¿Que si los agentes tienen orden de búsqueda?
     

  12. ¿Estoy obligado a contestar preguntas si la policía tienen una orden de búsqueda?
     

  13. ¿Que si los agentes no tienen orden de búsqueda?
     

  14. ¿Que si los agentes no tienen orden de búsqueda, pero ellos insisten a registrar a mi casa once yo no le e dado permiso?
     

  15. ¿Que, sin embargo, yo le hablo a la policía?
     

  16. ¿Que ago si la policía me para en la calle?
     

  17. ¿Que ago si la policía me para en mi automóvil?
     

  18. ¿Que ago si la policía o la FBI me amenazan con una citación para presentarme alante de un jurado grande si no contesto sus preguntas?
     

  19. Estoy arrestado.  ¿Ahora tengo que contestar interrogaciones?
     

  20. ¿Que ago si yo creo que estoy vigilado o seguido por la policía o el FBI?
     

  21. ¿Que ago si la policía o el FBI me tratan mal?
     

  22. Parte III.  ¿Que Si Yo No Soy Ciudadano Americano Y La INS Me Contacta?
     

  23. Afirma tu derechos.
     

  24. Habla con un abogado.
     

  25. ¿Tengo el derecho de hablar con un abogado antes de contestar a cualquier pregunta del INS o de firmar cualquiera papeles del INS?
     

  26. ¿Estoy obligado a contestar a preguntas sobre mi estado de inmigración si la INS me para?
     

  27. ¿Tengo que llevar mi tarjeta verde u otros papeles de inmigración con migó?
     

  28. ¿Si la INS me arresta, tienen que ellos presentar cargas contra mi sobre violación de las leyes de inmigración?
     

  29. ¿Tengo el derecho a una audiencia en fía para pedir por mi excarcelación?
     

  30. ¿Tengo el derecho a una audiencia alante de un juez de la inmigración para defenderme contra cargos de deportación?
     

  31. ¿Puedo llamar mi consulado si estoy arrestado por el INS?
     

  32. ¿Qué sucede si abandono mi derecho a una audiencia o salgo de los Estados Unidos antes de que la audiencia es concluida?
     

  33. ¿Qué debo hacer si deseo entrar en contacto con la INS?
     

  34. Parte IV:  ¿Cuáles son mis derechos en los aeropuertos?
     

  35. ¿Si yo estoy entrando a los Estados Unidos con válidos papeles del viaje, puede un agente de aduanas de los Estados Unidos parar y registrar me?
     

  36. ¿Puedo yo o mi equipaje ser registrados después de pasar a través de detectores electrónicos sin problema, o después que los agentes de la seguridad observan que algo en los exploradores electrónicos no era una arma?
     

  37. ¿Si estoy en un aeroplano, puede un empleado de la línea aérea interrogarme o pedir que me baje?
     

  38. V: INFORMACIÓN DE CONTACTO
     

  39. Perfilo Racial.
     

Introducción:

Nosotros hemos escritos este folleto para ayudar que usted comprenda sus derechos si usted esta rogado por agentes de el gobierno.  Usted tiene que tener mucho cuidado en la manera que usted habla cuando la policía, el FBI, o la INS se le aproxima.  Si usted contesta preguntas, esas contestas se puede usar contra usted en casos de emigración, casos penal, o casos civil.

Habla con un abogado para conocer sus derechos.

Las leyes que le da al gobierno el derecho para interrogar a usted son dura para comprender.  Después de el ataque de 11 Septiembre 2001, nuevas leyes les autorizo a los funcionarios federal nuevos poderes para interrogar, arrestar, y detener a uno.  Es probable que estas leyes nueva serán desafiado por casos en las cortes y mas leyes.  Entonces, es mí importante que usted hable con un abogado para conocer sus derechos.  Si usted cree que usted va a ser interrogado o parado, usted debe llevar en su persona el nombre y numero de teléfono de un abogado que recibirá sus llamadas.  Los que no son ciudadanos americanos tienen necesidades especial que también discursamos aquí.  Partes I y II es para todos.  Parte III es para los que no son ciudadanos americanos.  Parte IV es discurso sobre aeropuertos.  Nada de este consejo es querer decir que uno no debe cooperar con investigaciones correcta de los que son responsables para la ejecución de las leyes.

 

I.  ¿Que Son Los Derechos Constitucional Que Yo Tengo?

El derecho de quedarse callado.

El Quinto Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos dice que todas personas tienen el derecho a no contestar preguntas propuesta por un agente de el gobierno.  Ellos te pueden preguntar preguntas, pero usted no puede estar arrestado por solamente negar a contestar las preguntas.  Pero la policía o la FBI se puede poner receloso con usted si usted niega a contestar las preguntas propuesta.

El derecho de no estar obligado a "captura o búsqueda irrazonable".

El Cuarto Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos protege su privacidad.  Sin una orden de búsqueda, ningún agente de el gobierno puede hacer búsqueda de su casa o oficina sin su consentimiento, y usted tiene el derecho a negar entrada a el o ella.  Pero en emergencias (como cuando se puede oír alguien adentro  llamando para ayuda) oficiales pueden entrar y hacer búsqueda sin orden.  Si usted esta arrestado en su casa, los oficiales pueden hacer búsqueda de la área a "lo cerca", que quiere decir el cuarto que usted estaba adentro de al tiempo del arresto.  Conozca que el gobierno puede estar vigilando su correo electrónico, su teléfono celular, y sus llamadas telefónica sin su conocimiento.

El derecho a peticionar para cambios.

El Primero Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos protege el derecho de grupos o individuales, que en forma apacible, abogan por sus derechos o quiénes son opuesto a el programa político del el gobierno.  Pero, la Corte Suprema de los Estados Unidos a dicho que la INS puede consiguiere como objetivo individuales que no son ciudadanos para deportación por razón de sus actividades sobre el Primero Enmienda, mientras los pueden deportar por otras causas.  Esto significa que la INS puede deportar a un visitante que a permanecido demasiado tiempo en su visa por razón de antipatía al discurso de ese o esa visitante, sus opiniones, o sus asociación con individúales o grupos.

II.  ¿Que Ago Si La FBI O La Policía Me Contacta?

¿Que ago si agentes me vienen a interrogar?

Usted tiene el derecho a quedarse callado.  Declinando a contestar preguntas no es un crimen, pero negando a contestar puede hacer que la policía se pongan sospechosos con usted.  Usted no puede estar arrestado por declinar a identificar a su persona en la calle, pero si usted esta parado mientras manejando un vehículo, usted tiene que demostrar su licencia de manejó y sus matricula de el vehículo.  Usted no tiene que hablar con alguien, aunque seas arrestado, aunque si ya estés en la cárcel, especialmente sin un abogado presente.  Solamente un juez puede ordenar que usted conteste preguntas.

¿Puedo hablar con un abogado?

Usted tiene el derecho de hablar con un abogado antes de contestar preguntas.  Cuando usted dice que usted quiere hablar con un abogado, los ofíciales de la justicia deben suspender sus preguntas.  Si usted decide a hablar con un agente de la policía, usted tiene el derecho de tener un abogado presente.  Si usted no tiene un abogado, usted todavía puede decir le al agente de la policía que usted quiere hablar con un abogado antes de contestar preguntas.  Si usted tiene un abogado, mantenga la tarjeta de visita del él o ella cerca.  Demuestra la tarjeta de visita de su abogado al agente de la policía, y pide para llamar a su abogado.  Recuerde anotar el nombre, agencia, y numero de teléfono de cualquier investigador que te visite, y entregue esa información a su abogado.

¿Estoy obligado a búsqueda de me casa, apartamento, o mi oficina por agentes?

Su casa no puede estar buscada por la policía o otro agente de la justicia si usted no da su asenso, o a no ser que ellos tienen una orden de búsqueda.  Obstruyendo con la búsqueda no la va a parar, probamente, y puede se que entonces lo arresten a uno.  Esto es verdad, aunque la búsqueda sea ilegal.  Su compañero de cuarto o invitado puede legalmente dar asenso para una búsqueda de su casa si la policía cree que esa persona tiene la autoridad para dar el asenso necesario.  La policía y agentes de la justicia necesitan una orden de búsqueda para buscar una oficina, pero su empleador puede dar asenso para una búsqueda de su área de trabajo sin su permiso.

Agentes me arrestaron en mi casa.  ¿Pueden ellos registrar mi casa?

El área a cerca de donde usted estaba arrestado se puede registrar sin una orden de búsqueda.  Pero la casa entera no se puede registrar si no ay una orden de búsqueda que en detalle describe los lugares que se pueden registrar y las personas o cosas que se deben aprehender.

¿Que si los agentes tienen orden de búsqueda?

Usted tiene el derecho de ver la orden de búsqueda.  La orden tiene que decir en detalle los lugares de búsqueda y las personas o cosas de agarro.  Si la policía tienen una orden de búsqueda, usted no le puede negar entrada y búsqueda, pero usted puede y debe decirle que usted no da su asenso para la búsqueda.  Diciendo eso limita a ellos a registrar solamente a donde la orden de búsqueda autoriza.  Pregunta si usted puede vigilar la búsqueda, si usted esta permitido usted debe hacer lo.  Anota los nombres, números de insignia, y el nombre de la agencia de los oficiales.  Si otros están presente, al que ellos sean testigos.  Entregué cualquier información usted y sus testigos tienen a su abogado.

¿Estoy obligado a contestar preguntas si la policía tienen una orden de búsqueda?

No.  Preguntas se pueden ser prepuesta a usted antes, durante, y después de la búsqueda.  Una orden de búsqueda no quiere decir que usted tiene que contestar preguntas.

¿Que si los agentes no tienen orden de búsqueda?

Usted no tiene que dejar que la policía registre su casa, y usted no tiene que contestar sus preguntas.  Su negación a contestar preguntas o a dejar que registre sin una orden de búsqueda no puede ser usado por la policía para obtener ordenes de arresto para usted o de búsqueda para su casa o oficina.

¿Que si los agentes no tienen orden de búsqueda, pero ellos insisten a registrar a mi casa once yo no le e dado permiso?

No interfieres materialmente con o trate de obstruye la búsqueda si no usted puede ser arrestado, aunque la búsqueda es ilegal.   Trata de tener un testigo o testigos que indicaran que usted no dio su asenso a la búsqueda, y anota los nombres y números de insignia de los oficiales que hicieron la búsqueda.  Si más tarde la búsqueda es encontrada ilegal, cualquiera evidencia que se encontró durante esa búsqueda ilegal no es admisible en un caso criminal.

¿Que, sin embargo, yo le hablo a la policía?

Cualquier cosa que usted le diga a la policía se puede usar contra usted y otros.  Uno debe tener presente en la mente que es un crimen mintiendo al gobierno.

¿Que ago si la policía me para en la calle?

Usted tiene el derecho a preguntar si usted esta libre para irse.  Si la policía te dice que usted no esta abajo de arresto, pero usted no esta libre a marcharse, entonces usted esta 'detenido'.  Cuando uno esta detenido, no quiere decir necesariamente que uno va a ser arrestado.  La policía puede palmar el exterior de su vestidura si ellos tienen razón a sospechar que usted es peligroso o esta armado.  Si ellos registran mas que eso, dice le claramente "Yo no doy consenso a esta búsqueda."  Puede ser que ellos sigan en la búsqueda comoquiera.  Usted no tiene necesidad de contestar cualquier preguntas si usted esta detenido o aunque sea arrestado.

¿Que ago si la policía me para en mi automóvil?

Cuando pedido, demuestra su licencia de chofer, su matricula de automóvil, y su compraba de seguro de automóvil.  Usted no tiene que consentir a una búsqueda.  Pero en algunas cases su automóvil puede ser registrado sin su asenso si la policía tiene causa probable.

¿Que ago si la policía o la FBI me amenazan con una citación para presentarme alante de un jurado grande si no contesto sus preguntas?

La citación para presentarte alante de un jurado grande es una orden escrita que ordena que usted vaya a la corte y testifica al respeto de cualquier información usted puede tener.  Si la policía o la FBI te amenazan con una, usted debe llamar su abogado en seguida.  Si usted habla sin un abogado, usted puede estar ordenado alante de un jurado grande comoquiera, y cualquier cosa que usted dice puede dirigir a los agentes de la justicia  preguntar te mas preguntas luego.  Si usted esta ordenado alante de un jurado grande, usted puede tener el derecho legal a rechazar contesta de preguntas; usted debe hallar con su abogado para averiguar sus derechos.

Estoy arrestado.  ¿Ahora tengo que contestar interrogaciones?

No.  Si usted esta arrestado, usted no tiene que dar declaración o contestar preguntas cualquiera.  Si usted esta arrestado y no quiere contestar preguntas, en seguida usted debe pedir por in abogado.  Usted tiene el derecho de negar a responder a cualquier preguntas hasta después que usted a hablado con su abogado.

¿Que ago si yo creo que estoy vigilado o seguido por la policía o el FBI?

Usted tiene el derecho a acercarte a los agentes sospechado en una forma compuesta, en lugar publico, a preguntarle que ellos están haciendo.  Usted puede desear traer a lo largo un testigo.  Aun que la persona que usted sospecha no contestara, esa persona ahora sabe por lo menos que usted sabe que le están mirando.  No es ilegal que los oficiales de la ley enganchen a vigilancia en lugares públicos.  Pero, si usted piensa que los agentes del gobierno puede estar siguiéndolo, o si le están acosando, usted puede hablar con un abogado.

¿Que ago si la policía o el FBI me tratan mal?

Recuerde el número de la insignia de agente de la policía, el nombre, o otra información que lo identifica. Usted tiene el derecho de pedir esta información de el oficial.  Anote todo lo mas pronto que usted pueda.  Intenta a encontrar testigos y sus nombres y números de teléfono.  Si usted esta herido, toma fotografías de las lesiones lo mas pronto posible.  Llame a un abogado.

 

III.  ¿Que Si Yo No Soy Ciudadano Americano Y La INS Me Contacta?

Afirma tu derechos.

Si usted no exige sus derechos o si usted firma papeles renunciando sus derechos, el INS puede deportarlo antes que usted vea a un abogado o un juez de la inmigración.

Habla con un abogado.

Lleve siempre con usted el nombre y número de teléfono de un abogado que tome sus llamadas.  Las leyes de la inmigración son duras para comprender y muchos cambios haber sido desde septiembre 11 de 2001.  Más cambios son probables.

De acuerdo con las leyes, regulaciones, y directivas del INS actual, los que no son ciudadanos de los Estados Unidos tienen generalmente los derechos indicado abajo, no importa qué es su estado de inmigración.  Pero realiza que la información siguiente puede haber cambiado o puede cambiar:

¡NOTA IMPORTANTE!:

Los derechos siguientes se aplican a los que no son ciudadanos de los Estados Unidos que están adentro de los EE.UU.  Los nacionales extranjeros en la frontera (aire o tierra) que están intentando entrar a los Estados Unidos tienen restricciones adicionales y no tienen todos los mismos derechos.

¿Tengo el derecho de hablar con un abogado antes de contestar a cualquier pregunta del INS o de firmar cualquiera papeles del INS?

Generalmente, sí.  Usted tiene el derecho de llamar a un abogado o su familia si a usted lo han detenido, y usted tiene el derecho de ser visitado por un abogado en la detención.  Usted tiene el derecho de tener su abogado con usted en cualquier audiencia antes de un juez de la inmigración.  Usted no tiene el derecho a un abogado gratis designado por el gobierno.  Usted tiene que emplear un abogado o encontrar a un abogado que lo represente gratis.  Si usted necesita ayuda encontrando un abogado, entre en contacto con uno de los grupos enumerados en el fin de este documento.

¿Estoy obligado a contestar a preguntas sobre mi estado de inmigración si la INS me para?

No.  Usted puede explicar su estado de inmigración a un agente del INS, si usted desea.  Pero es mejor para usted hablar con un abogado primero.  Si la INS pregunta cualquier cosa acerca de su creencia política, los grupos que usted pertenece, las cosas que usted ha dicho, donde usted ha viajado, o otras preguntas que no se parezcan correcta, usted no tiene que contestarlas.

¿Tengo que llevar mi tarjeta verde u otros papeles de inmigración con migó?

Sí.  La ley requiere que usted lleve muchos tipos de papeles oficiales de inmigración con usted siempre.  Esto incluye su tarjeta verde, el I-94, la tarjeta de autorización del empleo, la tarjeta de paso de frontera, y/o otros papeles requeridos por la INS que prueban que usted se ha matriculado con la INS.  Si usted no tiene estos papeles con usted, usted podría ser cargado con un delito menor.  El gobierno no hace a uno cumplir siempre con esta ley, sino que podría en cualquier momento.

¿Si la INS me arresta, tienen que ellos presentar cargas contra mi sobre violación de las leyes de inmigración?

Sí.  Bajo reglas de la INS, ellos tienen que decidir en 48 horas si van a ponerlo a procedimientos de inmigración y si lo van a mantener en custodia o si lo van a desaprisionar en fía.  Bajo nueva reglas, la INS tiene un "período de tiempo adicional razonable" más allá de 48 horas si hay "una emergencia o otra circunstancia extraordinaria" para decidir si vas a permanecer en custodia o no.

La nueva ley deja la INS detener a los que no son ciudadanos para siete días antes que tiene que traer cargas de inmigración o de delito criminal si el Abogado General ha "certificado" que el detenido puede ser un "terrorista" o un amenaza a la seguridad nacional.  Un detenido "certificado" puede desafiar su detención en una corte federal.

¿Tengo el derecho a una audiencia en fía para pedir por mi excarcelación?

En la mayoría de los casos usted tiene el derecho para pedir por excarcelación de su detención una vez que usted pague una fía, y de pedir por una audiencia en fía antes de un juez de la inmigración.  Usted tiene estos derechos incluso si usted no ha sido cargado por la INS.  La ley no dice cuándo un juez de la inmigración debe oír su caso.  El juez puede ordenar que usted permanezca en la detención si él o ella encuentra que usted es un peligro a la sociedad o que usted puede ser intento a evadirse.  En algunos casos, la ley dice que usted no puede ser excarcelado si le han cargado a usted con terrorismo o si tiene ciertas convicciones criminales.

¿Tengo el derecho a una audiencia alante de un juez de la inmigración para defenderme contra cargos de deportación?

Sí.  En la mayoría de los casos solamente un juez de la inmigración puede ordenar su deportación.  Pero si usted renuncia sus derechos o toma "salida voluntaria", usted puede ser deportado sin una audiencia.  Si usted tiene convicciones criminales, fue arrestado en la frontera, o se ha ordenado deportación de usted en el pasado, usted puede ser deportado sin una audiencia.

¿Puedo llamar mi consulado si estoy arrestado por el INS?

Sí.  Los nacionales extranjeros arrestados en los Estados Unidos tienen el derecho de llamar su consulado o de hacer que la policía le informe a su consulado de su detención.  La policía debe dejar que su consulado visite o hable con usted.  Su consulado puede ayudarle a encontrar un abogado o le puede ofrecer otra ayuda.  Usted también tiene el derecho de rechazar ayuda de su consulado.

¿Qué sucede si abandono mi derecho a una audiencia o salgo de los Estados Unidos antes de que la audiencia es concluida?

Usted puede perder su derecho de aplicar para estado de inmigración, y usted puede ser prohibido a volver a los Estados Unidos en el futuro.  Bajo la ley, salida de los Estados Unidos puede causar problemas legales serios para uno que no es ciudadano.  Usted debe hablar siempre con un abogado de inmigración antes que usted decida.  Incluso un residente permanente legal o un aspirante para tarjeta verde podía ser prohibido a volver.  Un inmigrante indocumentado que ha estado ilegalmente en el país más de seis meses podía ser prohibido a volver por muchos años aunque el o ella nunca ha estado en cualquier procedimiento de inmigración.

¿Qué debo hacer si deseo entrar en contacto con la INS?

Hable siempre con un abogado antes de entrar en contacto con la INS incluso en el teléfono.  Muchos oficiales de la INS consideran la aplicación del la ley como su trabajo primario y no explicarán opciones a usted.

¡Nota Especial!:

Los que son víctimas del abuso doméstico y no son ciudadanos deben hablar con un abogado que sea experto en ley de la inmigración y también en ley de violencia doméstica.

 

IV:  ¿Cuáles son mis derechos en los aeropuertos?

¡Nota Importante!:

Es ilegal para cualquiera de las siguientes paradas, exploraciones, búsquedas, detenciones, o removimientos que se harán a usted a debido de su raza, origen nacional, religión, sexo, o ascendencia.

¿Si yo estoy entrando a los Estados Unidos con válidos papeles del viaje, puede un agente de aduanas de los Estados Unidos parar y registrar me?

Sí.  El servicio de aduana evita que artículos como las drogas y las armas sean traídos adentro.  Tienen el derecho de parar y de registrar cada persona y artículo.  Teniendo documentos válidos de viaje no parará que usted sea cuestionado, registrado, o detenido, pero pueden ayudar que la interrogación o detención sea  breve.

¿Puedo yo o mi equipaje ser registrados después de pasar a través de detectores electrónicos sin problema, o después que los agentes de la seguridad observan que algo en los exploradores electrónicos no era una arma?

Usted les da el permiso de explorarle electrónicamente comprando el boleto y yendo al aeropuerto.  Pero no tienen el derecho de búsqueda adicional si el apantallamiento inicial no revela cualquier cosa sospechosa.  Una vez que usted o su equipaje haya fijado en los exploradores electrónicos, los agentes del la seguridad pueden conducir búsqueda adicional.  Las cortes se dividen sobre si usted puede rechazar otra búsqueda decidiendo a no volar y saliendo del aeropuerto.

¿Si estoy en un aeroplano, puede un empleado de la línea aérea interrogarme o pedir que me baje?

El piloto (capitán) de un aeroplano tiene el derecho de negar a volar a un pasajero si él o ella cree que el pasajero es un amenaza a la seguridad del vuelo.  La decisión de el piloto debe ser razonable y basada en observación de usted, no en conjeturas.

 

V: INFORMACIÓN DE CONTACTO

Unión Americana De Libertades Civiles (ACLU):  (212) 549-2500

Comité De Contra-Discriminacion papa el Americano-Árabe (ADC):  (202) 244-2990

Fondo Asiático Americano de la Defensa Legal y de la Educación (AALDEF): (212) 966-5932

Gremio Nacional De Abogados - Proyecto Después de 9/11: (212) 505-9119

Proyecto Nacional De Inmigración:  (617) 227-9727

Comisión de los Estados Unidos sobre los Derechos Civiles (UCCR): (800) 552-6843

 

El perfilo racial es cuando la policía, FBI, o otros agentes de la ley lo para, pregunta, registra, o le investiga a uno debido a su raza, pertenencia étnica, o religión. Si usted cree que usted ha sido el víctima de perfilo racial, llama a el teléfono directo libre de la ACLU, 1-877-6-PROFILE, para conseguir una forma de queja.


Regresar a el hogar
© 2004
Alfred P. Reaud
Investigador Independiente
Creado: 2, Octubre 2004
Actual: 3, Noviembre 2004
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